
Para nosotros es muy importante presentar un servicio de calidad y que de cumplimiento a las normas establecidas y conformes con el organismo de acreditación ONAC, es por esto que este espacio es para presentar cualquier queja o apelación que el usuario tenga,
con el fin de dar una pronta respuesta y solución a la misma.
El término máximo previsto por la ley para resolver su reclamación es de quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, CRG S.A.S. informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Una vez cumplidos los términos señalados por la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la reglamenten o complementen, el Titular al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de acceso, actualización, rectificación, supresión y revocación, podrá poner su caso en conocimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio delegatura para la Protección de Datos Personales.
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Apelación. Solicitud, presentada por un cliente, para reconsiderar cualquier decisión adversa tomada por el organismo de inspección con relación a su estado de inspección deseado.
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Queja. Expresión de insatisfacción, realizada por una persona o cliente, con respecto a las actividades del organismo de inspección, para la cual se espera respuesta.
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Sugerencia. Cualquier recomendación o comentario que se reciba en el OEC para la mejora de los servicios o actividades de la entidad.
Recepción de quejas.
Las quejas son recibidas por cualquier vía (carta, e-mail, teléfono, página web o personalmente), siempre y cuando el responsable de la misma se identifique plenamente. Podrán ser presentadas en cualquier momento y deberán ser respecto a las actividades del organismo de inspección.
Recepción de apelación.
En todo caso las apelaciones son recibidas de forma escrita, acompañada de los soportes correspondientes, por cualquier vía (carta, fax, e-mail, página web o personalmente en las instalaciones de CRG) podrá ser presentada únicamente por el usuario contratante del servicio y responsable de la instalación, máximo tres (03) días calendario posterior a la visita, teniendo en cuenta los principios de modo y lugar bajo los cuales se realizan las inspecciones. Pasado este tiempo no será procedente sin embargo CRG realizará su recepción y análisis.
Adjunto encontraras nuestro procedimiento de quejas PR-008 donde pueden observar cómo se hace el manejo de las quejas y apelaciones que llegan a la organización.
